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Jorge Rivera Immigration Group
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¿Calificas para la ley de 10 años en el 2020? Les saluda Jorge Rivera, abogado de inmigración, y quiero explicar, con lujo de detalles, la ley de 10 años, porque todos los días las personas me preguntan acerca de esta opción en las redes sociales. Así que primero vamos a hablar acerca de los requisitos básicos, comparte este articulo con amistades o familiares para que sepan los detalles, el punto número 2 es la ley de diez años para los que tienen ya una cita en corte, están delante de un juez, y tienen que pelear está alternativa en proceso de deportación, y opción número 3 es la ley de diez años para los que no tienen ningún proceso de deportación; para ellos es un arma de doble filo y hay que tener un gran cuidado tomando la decisión sobre la ley de diez años.

Lo primero es el requisito básico y lo obvio hablemos: tienes que tener acumulado los diez años dentro de EEUU. Número dos: tienes que tener los familiares que son: tus padres, esposas, esposos, o hijos residentes o ciudadanos americanos. Si no tienen los familiares, si no tienen la ley de diez años, ni hablemos de la ley de diez años que por cierto se llama ‘cancelación de remoción’. También hay un requisito de sufrimiento que es el que muchas veces no te dicen los abogados porque te la quieren poner fácil y quiere que te apliques, no te hablas del sufrimiento, que no es un sufrimiento mínimo, el requisito es que el sufrimiento sea excepcional y inusual, o sea, un sufrimiento especial, de afuera de lo normal. Generalmente, es una enfermedad o problema de salud, pero pueden ser otros tipos de sufrimientos. Así que recuerda los 10 años, los familiares, y el sufrimiento son los requisitos básicos de los cuales te debe estar hablando tu abogado para evaluar si tú calificas por la ley de diez años.

El punto número 2: las personas que están en proceso de deportación. Cuando tú estás ya en la corte delante de un juez y están a punto de ordenarte la deportación si no ganas en tu caso, obviamente que tu abogado te va a asesorar cuál es el beneficio que más te conviene: la residencia, la ley de 10 años, asilo, si es que tú calificas técnicamente para algunos de esos beneficios. Ahora, aunque tengas un caso débil, debes de pelearlo, porque en la corte, el juicio preliminar te lo pueden dar rápido pero el juicio final puede venir años después, y el hecho que tú vayas a pelear para un caso, aunque sea débil, te puede ganar años en la corte y luego le agregas a eso apelaciones y si mientras estás esperando, surge algo más fuerte y tú aplicas por ese beneficio que puede tener más posibilidades, así que es algo estratégico. Comparte este este YouTube Live con amistades o familiares porque estos consejos son críticos para poder ganar tu caso si es que tú tienes una Buena estrategia, especialmente si ya estás en la corte de inmigración.

Ahora, el punto más interesante es el número 3, y es para las personas que están considerando la ley de 10 años pero no están en la corte, no tienen una cita para ver un juez de inmigración, y para ellos, la ley de 10 años puede ser un arma  peligrosa de doble filo, porque para aplicar para esa ley de 10 años, tu abogado te tiene que poner en proceso de deportación. Entonces para ponerte en proceso de deportación, lo puede hacer sin ningún problema, pero si tu caso es débil, te pueden terminar deportando, entonces ahí la cura puede ser peor que la enfermedad. Por lo tanto, tienes que evaluar ahí no sólo los 10 años, no solo que tenga los familiares, sino que tengas el sufrimiento y que el sufrimiento sea lo suficientemente fuerte para que valga la pena que te pongan en proceso de deportación y arriesgar que te ordenen la deportación en base a ese sufrimiento.

Entonces, si tienen una enfermedad, por ejemplo, un derrame cerebral, una incapacidad, y un doctor que pueda testificar, o sea, darte una carta que diga “Mira, por está razón, tengo a mi esposa, mi padre, mi hijo discapacitado”, ahí si valdría la pena, pero si no llega a esos niveles, probablemente no valga la pena. Busco un abogado que te hable con la verdad, que no te engañe, que no te estafa, y que no te dé falsa esperanza, especialmente con la ley de diez años.

Conéctate conmigo en las redes sociales con tres palabra: Abogado Jorge Rivera. Suscríbete a mi canal de YouTube, a donde te doy consejos prácticos como éste todos los días, y mírame en Facebook y YouTube Live todo los martes y los jueves a la una de la tarde, contestando todas tus preguntas. Para ayuda inmediata con inmigración, llámame al 1-888-578-2276. Lo repito, 1-888-578-2276.

Recuerda también que el abogado Jorge Rivera ofrece todo tipo de asesoramiento legal a inmigrantes en todo Estados Unidos.
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