fbpx
Jorge Rivera Immigration Group
Call Us Today 1-888-578-2276
Monday - Friday 8AM - 4:00PM. Saturdays 8AM - 12PM (EST)


Les saluda Jorge Rivera abogado de inmigración.

Y esta es una pregunta que tienen muchas personas que quieren obtener la residencia dentro del país y tienen familiares que los puedan pedir, empresas, compañías. 

Y es importante aterrizar exactamente quién puede hacer una petición familiar o laboral.
 
 
-Comencemos con las esposas o esposos: 
No importa si son residentes, o ciudadanos americanos, y lo interesante es que el tiempo de espera es el mismo. 
 
Actualmente hay una visa disponible, inmediatamente, si te pide una esposa o residente o ciudadano americano. Ello siempre y cuando, tú entiendas que hay un tiempo de espera para la aprobación de la petición. 
Una vez que aprueban la petición ya se puede proceder con la residencia, o el perdón dentro del país, para obtener la residencia en la embajada americana. 
 
-Y ahí es a donde es importante tener la asesoría legal de tu abogado.
Porque ya sabemos que nuestra prioridad, es que si se puede hacer la residencia dentro del país mucho mejor.
 
Pero no todas las personas califican. 
 
-Ahora pasemos a los padres: 
Te puede pedir un padre residente o ciudadano americano, solo hay una limitación. Y es que padres residentes, no te pueden pedir, si estás casado.
Si tu padre es ciudadano americano te pueden pedir casado o soltero.
 
 
-Luego pasemos a los hijos:
Los hijos te pueden pedir, pero tienen que ser ciudadanos americanos y mayores de 21. Ese es el requisito para los hijos. 
 
-Y pasemos a la última categoría, que son los hermanos: 
Los hermanos te pueden pedir, pero tienen que ser ciudadanos americanos, y ahí no importa si estás soltero o casado. 
 
Recuerden en todas estas categorías muchas de ellas permiten incluir a tu esposa o esposo y a tus hijos y se llaman los derivativos. 
Pero no siempre los puedes incluir. 
 
Por ejemplo, en las peticiones de los residentes. 
Por ejemplo, un padre residente no puedes incluir a tu esposa porque el residente no puede pedir a ellos casados…
Y así sucesivamente y les pudiera dar muchos ejemplos, p
ero si como abogados, queremos incluir a toda la familia si es posible.
Incluir a tu esposa y a tus hijos menores de 21; mejor todavía.
 
 
Por lo tanto, muchas veces podemos incluir a los sobrinos, a los nietos, a las cuñadas y a las nueras. 
 
Así que hay muchas posibilidades cuando hablamos de las peticiones familiares. 
 
Pero también, hablemos de las peticiones laborales, que es una muy buena alternativa, porque nosotros los hispanos somos trabajadores y nos ganamos la confianza de nuestros empleadores y muchas veces somos la mano derecha en un negocio. 
No tenemos los papeles y el empleador nos dice mira te quiero ayudar. Si tú estás en México por ejemplo la visa TN es buenísima y es la visa más fácil de obtener de todo el mundo, pero claro, necesitas un empleador en los EE.UU. ese es un requisito básico. 
 
Luego si está dentro del país si te puede pedir el empleador. 
 
Ayer fuimos a uno de nuestros restaurantes favoritos aquí en miami, y se acercó a nosotros, un señor que nos reconoció de las redes sociales de la televisión y nos dijo: “yo te miro por años y yo he tratado que me pida el restaurante”. Y yo le dije: “mira… el problema es que no te hablaron con toda la verdad, y te puede pedir tu empleador, pero es importante que te asesore tu abogado, porque si tú estás indocumentado dentro del país, tienes que calificar”: 
“Para una combinación por ejemplo la combinación con la ley 245(I) es una posibilidad o la combinación con el perdón de un padre madre o esposo residente o ciudadano americano”. 
 
Generalmente esta última combinación se da cuando tú combinas el perdón, en base a un padre o madre.  
¿Por qué?  
Si tienes un esposo residente o ciudadano hacer la petición en la residencia en base al esposo; es mucho más fácil. 
Pero especialmente en el caso de México si tienes un padre o que te va a pedir una madre demora 20 años esa petición. 
Entonces te pueden pedir; hacemos el perdón en base a el padre o la madre residente o ciudadana y hacemos el proceso en base a la empresa, que es mucho más rápido, que tener que estar esperando 20 años por esa petición familiar. 
 
Así que les he dado una infinidad de combinaciones que a través de tu familia a través de tu empresa. 
Lo importante es tener una buena representación legal que yo te quiero esa mejor asesoría. 
 
Llamenos al 88 85 78 22 76

Recuerda también que el abogado Jorge Rivera ofrece todo tipo de asesoramiento legal a inmigrantes en todo Estados Unidos.
Si buscas un abogado de inmigración en Miami, nos encuentras en 5820 Blue Lagoon Dr, Miami, FL.
También brinda asesoramiento para inmigrantes en Chicago.

es_ESSpanish
Solicita Tu Consulta