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Jorge Rivera Immigration Group
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Les saluda Jorge Rivera abogado de inmigración.

Y muchas personas, bueno, tienen el beneficio inicial que es un permiso de trabajo pero quieren pasar al siguiente paso de obtener una tarjeta de residente.

¿Cómo se puede obtener?

Muchas diferentes maneras de hacerlo. Más de un millón de personas obtienen la residencia todos los años y se puede hacer y les voy a dar algunos ejemplos:

En base a una petición familiar, en base a una petición laboral, en base a un asilo aprobado, cuando te aprueban la ley de 10 años te dan la residencia… pero hay ciertas cosas que no dan la residencia.

  1. El TPS no te da la residencia.
  2. El Daca no te da la residencia.
  3. El PIP por ejemplo, por las fuerzas armadas no te da la residencia.
  4. La acción diferida por razones humanitarias, enfermedades, problemas de salud no te da la residencia.

Así que es importante vamos a dos cosas más que sí te las dan:

La violencia doméstica con el formulario “i360” y la Visa u como víctima de crimen esas sí te llevan a la residencia.

Así que no todos los caminos en inmigración te llevan a la residencia y la clave es que tú consultes con tu abogado, consulta con nosotros, para que nosotros te digamos “mira este beneficio es solo temporal, no te lleva la residencia; este otro sí te eventualmente te vas a poder hacer residente”. Y fíjense que hay beneficios que son como el TPS y el Daca que aunque directamente no te llevan a la residencia se pueden ocupar como parte de la ecuación como parte de la fórmula que te va a llevar la residencia o sea ayuda a encaminarte hacia la residencia, ayuda a conseguirte un permiso de viaje que te da la entrada legal y que luego te puede pedir un familiar o una empresa para que te den la residencia.

Así que la asesoría legal va a hacer toda la diferencia en tu caso. Si tú quieres hacerte residente tienes que comenzar un plan de acción, trabajar junto con tu abogado, nosotros queremos trabajar con ti y te vamos a ayudar a hacerte residente.

Llámanos: 888 578 2276

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